¿Se requiere realizar conciliación previa para regular lo relacionado al menor?
Si se pretende fijar alimentos, custodia y vitas de los menores y adolescentes se debe acudir a un Centro de Conciliación. Ejemplo: Centros de consultorios jurídicos, Procuraduría General, Alcaldía Local, etc.
Si los padres están en acuerdo, se emite un acta de conciliación que presta mérito ejecutivo para cumplir las obligaciones establecidas. Se debe tener mucha precaución en la redacción, ya que la obligación debe queda clara en tiempo, modo y lugar.
Si no se logra ningún acuerdo, se emite una constancia de no acuerdo y se debe acudir ante un Juez de Familia. El requisito de procedibilidad de la conciliación es para fijar, disminuir o exonerar la cuota alimentaria.
¿Si uno de los padres no otorga el permiso de salida de mi hijo, qué debo hacer?
Debe presentar una demanda ante un Juez de Familia, para que solucione la controversia mediante sentencia. Siempre se sugiere, tramitar los permisos con un tiempo prudente a la fecha de viaje.
¿Qué debo hacer para ver a mi hijo, si no tengo la custodia?
En el momento de fijar los alimentos del menor o adolescente, tambien se debe regular las visitas. La regulación de visitar puede solicitarse ante el Centro Zonal de Bienestar Familair del lugar donde viva el menor.
Debe presentar: registro civil de nacimiento del menor, copia de cedula del solicitante, pruebas que acrediten las pretensiones, etc.
¿A qué edad el hijo(a) puede decidir si vive con el padre o la madre?
No hay establecida una edad específica para que el niño(a) pueda decidir si vive con la madre o el padre.
No obstante, el Código de la Infancia y Adolescencia señala como uno de los derechos fundamentales de todo niño(a) o adolescente el ser escuchado y que su opinión sea tenida en cuenta.
¿Los familiares de un menor de edad diferentes a los padres pueden tener su custodia?
En primer lugar la custodia debe estar en cabeza de los padres, pero a la falta de ellos o cuando no sean garantes de los derechos de los menores, la custodia puede ser otorgada a los abuelos o a un familiar que este en condiciones de hacerlo.
Si hay acuerdo de los padres en entregar la custodia del menor, deben acudir a un Centro Zonal de Bienestar Familia para verificar la viabilidad.